23 Abr Desahucio por precario ¿Qué es?
¿Has consentido a un amigo o conocido estar unos días en una casa de tu propiedad de forma gratuita y ahora no hay manera de sacarle de ahí? ¿Han ocupado tu piso sin tu consentimiento? ¿Vivías con tu pareja en el piso que os dejó tu padre y después del divorcio te has tenido que ir de esa casa dejando a tu pareja disfrutando de ella?
Todas estas figuras son situaciones de precario, la jurisprudencia le ha ido dotando de contenido más amplio a este concepto con el pasar de los años por las nuevas situaciones que han ido surgiendo.
Por eso, en la actualidad se entiende por precario la ocupación de una cosa ajena sin título, o en virtud de un título nulo o no válido, sin que medie contraprestación a cambio, simplemente por la voluntad del dueño de la cosa de cuya voluntad dependerá también para ponerle fin.
A modo de ejemplo vamos a enumerar algunos de los casos de precario que más frecuentemente ocurren en la actualidad:
1.- Ceder el uso de una cosa (una vivienda) voluntariamente a un amigo sin contraprestación alguna.
2.- Posesión sin título de poseer, es decir, ilegítima, bien porque nunca se tuvo, bien porque el título caducó. Estos son los casos de ocupaciones ilegítimas de viviendas, (ocupas), o cuando finalizado el contrato de alquiler el inquilino se queda en la vivienda sin abonar la renta ( tuvo un título de posesión que terminó y ya no es válido).
3.- Igual ocurre cuando un padre deja a un hijo recién casado una vivienda para vivir en familia y tras el divorcio, el hijo tiene que abandonar la vivienda quedando la nuera ocupando la misma sin pagar contraprestación alguna.
4.- Cuando un coheredero (el hijo que vivía en casa con los padres) tras la muerte de estos se queda en la misma y el resto de coherederos quieren venderla, alquilarla….
Todos estos ejemplos y mas, son situaciones de precario y en la actualidad el procedimiento para poder hacer que desocupen la vivienda es relativamente fácil y rápido. Se inicia con un procedimiento verbal, no es necesario requerir previamente al ocupante para que desaloje la vivienda, pero si lo hacemos quizá nos podemos evitar unos cuantos meses de espera hasta que sale la sentencia.
Es fundamental contar con un buen abogado que pueda guiarte en todo el procedimiento para que sea lo más rápido posible, actualmente el procedimiento puede durar de 8 meses a un año, pero si se inicia con una carta requiriendo que desocupen la vivienda antes de ejercer acciones judiciales, quizá se solucione mucho antes. En cualquier caso es recomendable que dicha carta vaya escrita y encabezada por un abogado para que el ocupante se tome en serio dicho requerimiento.
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